sábado, 29 de junio de 2013

NORMATIVA.- MEDIDAS URGENTES CONTRA LA MOROSIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE APOYO A LAS ENTIDADES LOCALES CON PROBLEMAS FINANCIEROS

En el BOE de hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones públicas y de apoyo a Entidades Locales con problemas financieros.
 
En esta importante normativa aprobada hoy, que, por cierto, tendremos ocasión de analizar y debatir en profundidad en el Curso de Verano organizado por la Universidad Autónoma de Madrid y el Consejo General del Notariado sobre "morosidad e insolvencia en el contexto de la actual crisis económica", que se celebrará del 8 al 10 de julio de este año y cuyo plazo de matrícula aún estará abierto hasta el día 1 de julio (inclusive), por lo que animo a todos los que puedan tener interés en esta materia a no perderse esta oportunidad, el Gobierno aborda tres problemas cruciales en la actual situación de crisis económica. A saber, afronta la cuestión de la morosidad en el ámbito de las Administraciones públicas, con la intención de que se cumpla tanto la normativa europea como la normativa nacional que establece con carácter general un plazo  de pago de 30 días por parte de las Administraciones públicas a sus proveedores; establece un tercer mecanismo o una tercera fase del llamado "plan de pago a proveedores de las Entidades Locales y de las Comunidades Autónomas" y, finalmente, establece una serie de medidas extraordinarias de financiación para determinados municipios que se encuentran en una situación financiera muy difícil.
 
Son medidas, como digo, de una importancia fundamental que van a marcar, sin duda, el paso hacia la recuperación económica y la salida de la crisis. Como señala la exposición de motivos del Decreto-Ley, la reducción de la morosidad de las Administraciones Públicas constituye un elemento imprescindible para mejorar la competitividad de la economía española, pues conlleva reducir las necesidades de financiación de las empresas, lo que les permite aprovechar mejor sus oportunidades de negocio y facilitar el crecimiento económico. Se trata, por tanto, de medidas de gran trascendencia que van a requerir un análisis detallado del que iremos también dando cuenta.
   
REAL DECRETO-LEY 8/2013

NORMATIVA.- MEDIDAS URGENTES EN MATERIA TRIBUTARIA, PRESUPUESTARIA Y DE FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

El BOE de hoy publica el Real Decreto-Ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación. Este nuevo Decreto-Ley forma parte de un paquete de medidas tributarias y presupuestarias más amplio al que el Consejo de Ministros celebrado ayer ha dado luz verde y del que iremos dando cuenta, si bien en este caso las medidas se adoptan con carácter de urgencia. Las medidas tributarias suponen una subida de los impuestos especiales que gravan el alcohol y el tabaco. 
 
Respecto a las bebidas alcohólicas, se eleva la tributación en un 10 por 100 de la imposición sobre las bebidas alcohólicas que forman parte del ámbito objetivo del Impuesto sobre Productos Intermedios y del Impuesto sobre Alcohol y Bebidas Derivadas, si bien esta subida no afecta al vino ni a la cerveza. Esta subida de impuestos normalmente debe producir un incremento de los ingresos procedentes de estos tributos. La exposición de motivos del Real Decreto-Ley justifica asimismo la medida adoptada en que la imposición sobre las bebidas alcohólicas constituye también un importante instrumento al servicio de la política sanitaria. En mi opinión, ambos objetivos justificadores de la medida se encuentran en una cierta tensión, pues, por una parte, se pretende incrementar la recaudación procedente de estos impuestos a fin de reducir el déficit público y, por otra parte, se pretende reducir el consumo de este tipo de bebidas por los problemas que pueden generar para la salud.
 
Respecto al impuesto especial que grava las labores del tabaco, también se produce un significativo incremento del gravamen aplicable a los cigarrillos, la picadura suelta y a las demás labores del tabaco. La exposición de motivos de la norma justifica esta subida señalando que el cumplimiento del compromiso político del Gobierno de alcanzar los objetivos de estabilidad presupuestaria y el hecho de que la imposición sobre las labores del tabaco constituya una fuente relevante de ingresos tributarios para la Hacienda Pública, son razones que justifican un incremento de los tipos impositivos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco, sustentando al tiempo los objetivos de esta imposición en materia sanitaria.

La extraordinaria y urgente necesidad que debe concurrir como presupuesto ineludible para la adopción de estas medidas por Real Decreto-Ley se justifica en la necesidad de continuar el proceso de consolidación fiscal para alcanzar la estabilidad presupuestaria y la observancia de las medidas incluidas en el Programa de Estabilidad, lo que, como se señala en la exposición de motivos,  requiere de la aprobación de estas medidas sin más dilación.
 
En cuanto a las medidas de carácter presupuestario, en primer lugar, se establecen criterios para el reparto de la recaudación procedente de la asignación del IRPF para fines de carácter social. La norma regula los fines de interés general a que irá destinado el 0,7 por 100 de la cuota tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como el Régimen de las Entidades del Tercer Sector colaboradoras con las Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo señalado en la norma, es imprescindible que aquellos fines a los que se destina la citada asignación queden encuadrados dentro de unos ejes prioritarios de actuación sobre los que se instrumenten los programas a desarrollar. Dichos ejes se circunscriben a los ámbitos siguientes: atención a las personas con necesidades de atención integral socio-sanitaria; atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral; fomento de la seguridad ciudadana y prevención de la delincuencia; protección del medio ambiente, y cooperación al desarrollo.
 
En segundo lugar, este Real Decreto-Ley establece determinadas medidas presupuestarias que afectan al ámbito del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con una dotación presupuestaria de casi 130 millones de euros que irán destinados fundamentalmente a la acometida de obras de inversión en infraestructuras relacionadas con el agua.
 
Finalmente, la norma adopta una serie de medidas presupuestarias tendentes a mejorar la difícil situación económica del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y a promover proyectos de investigación y becas para la incorporación de jóvenes investigadores en formación, que contribuyan a la mejora de la investigación, desarrollo e innovación en nuestro país.

 
 

miércoles, 26 de junio de 2013

NORMATIVA CATALUÑA.- PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO 2013


El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña del pasado 20 de junio ha publicado la Resolución ECO/1277/2013, de 27 de mayo, por la que se da publicidad a los criterios generales del Plan de control tributario de la Agencia Tributaria de Cataluña para el año 2013.
El Plan de control tributario de la Agencia Tributaria de Cataluña hace hincapié en la necesaria colaboración de las distintas Administraciones tributarias para lograr una lucha eficaz contra el fraude fiscal. Respecto a la inspección tributaria, los criterios generales marcados por el Plan son los siguientes: 
1. Con respecto al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, en relación con los negocios jurídicos en los que se renuncia indebidamente a la exención del artículo 20.2 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido, y también en relación con las transmisiones a las que se aplica, también indebidamente, la exención regulada en el artículo 108 de la Ley 24/1988, del Mercado de Valores.
2. Con respecto al impuesto sobre sucesiones y donaciones:
El control selectivo de no declarantes mediante cruces informáticos.
El control de declaraciones con discrepancias notables con respecto a los datos de que dispone la Administración.
El control de determinados beneficios fiscales.
3. Con respecto al impuesto sobre grandes establecimientos comerciales y el impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos:
El control selectivo de no declarantes mediante cruces informáticos
 
 
PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO CATALUÑA 2013

lunes, 24 de junio de 2013

PUBLICACIONES.- EL ACUERDO FATCA ENTRE ESTADOS UNIDOS Y ESPAÑA (SPANISH TAX ALERT DE GOMEZ ACEBO Y POMBO)

La publicación "Spanish Tax Alert" correspondiente a este mes de junio que edita en su página web la firma de abogados Gómez Acebo & Pombo, está dedicada a un tema de sumo interés como es el del acuerdo FATCA entre Estados Unidos y España para el intercambio de información. El análisis de esta cuestión lo firman Javier Seijo y Rocío Arias, del Departamento Fiscal del despacho Gómez Acebo y Pombo, y el profesor José Manuel Calderón Carrero, Consejero Académico del mencionado despacho y un prestigioso especialista en fiscalidad internacional, especialmente versado en los problemas relativos al intercambio internacional de información tributaria. El artículo lleva por título "El acuerdo FATCA Estados Unidos - España sobre control fiscal de cuentas financieras extranjeras" y, a continuación, les dejamos el enlace al mismo:  

GOMEZ ACEBO Y POMBO. ACUERDO FATCA. TAX ALERT

sábado, 22 de junio de 2013

DOCUMENTOS.- INFORME SOBRE LA REFORMA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado en forma de libro el "Informe sobre la Reforma de las Administraciones Públicas", que fue presentado recientemente por el presidente del Gobierno y cuya puesta en marcha va a suponer un profundo cambio en la estructura actual de los tres niveles administrativos territoriales. Entre las medidas más llamativas anunciadas por el Gobierno está la de suprimir instituciones creadas por las Comunidades Autónomas, como los defensores del pueblo autonómicos, las Agencias autonómicas de protección de datos personales o los tribunales de cuentas autonómicos. Una de las finalidades de esta reforma es la de reducir el gasto público y con ello el déficit de las distintas Administraciones públicas. En cualquier caso, se trata de un proceso de tal importancia que va a requerir de una profunda reflexión de los distintos sectores sociales y de las distintas Administraciones implicadas, con una evidente trascendencia sobre el régimen competencial que vertebra el Estado autonómico.
 

lunes, 17 de junio de 2013

DOCUMENTOS.- PROPUESTA DE DIRECTIVA SOBRE EL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA


La Comisión Europea ha publicado una "Propuesta de Directiva del Consejo que modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere a la obligatoriedad del intercambio automático de información en el ámbito de la fiscalidad".  

Esta propuesta, que se enmarca en el ámbito de las medidas contra el fraude fiscal que está adoptando recientemente la Unión Europea, se propone como principal objetivo jurídico introducir, mediante un nuevo apartado 3 bis del artículo 8 de la Directiva 2011/16/UE, la aplicación del intercambio automático de información en lo que respecta a los dividendos, las plusvalías, cualquier otra renta generada en relación con los activos mantenidos en una cuenta financiera, cualquier importe respecto del cual la entidad financiera sea el obligado (esto es, esté legal o contractualmente obligada a pagar) o el deudor, incluidas las amortizaciones; y los saldos en cuentas. Estos elementos adicionales se refieren a las rentas abonadas directa o indirectamente a los beneficiarios efectivos que son personas físicas, según lo definido en el artículo 3, apartado 11, letra a), de la Directiva 2011/16/UE, o al capital en poder, directa o indirectamente, de dichas personas.
 
 
PROPUESTA DE DIRECTIVA SOBRE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA

Entradas anteriores de este Blog relacionadas:

http://derecho-tributario-andres-garcia.blogspot.com.es/2013/06/actualidad-nueva-propuesta-de-la.html

jueves, 13 de junio de 2013

ACTUALIDAD.- IRLANDA Y LA PLANIFICACIÓN FISCAL DE LAS EMPRESAS TECNOLÓGICAS

 Según información aparecida en el periódico irlandés The Irish Times, el Senado de los Estados Unidos de América, en una investigación sobre las prácticas de planificación fiscal desarrolladas por la compañía Apple con el fin de lograr una baja tributación, ha llegado a calificar a Irlanda como "paraíso fiscal". Se acusó a los fabricantes de iPhone e iPad de California de haber llegado a un acuerdo especial con las autoridades irlandesas para esconder decenas de miles de millones de dólares en “empresas fantasmas” en Irlanda. El primer ministro  irlandés rechazó tal acusación y descartó que Irlanda sea un paraíso fiscal, recalcando que Irlanda no hace tratos especiales con las empresas en materia impositiva.
 
NOTICIA EN EL IRISH TIMES

miércoles, 12 de junio de 2013

ACTUALIDAD.- NUEVA PROPUESTA DE LA COMISIÓN EUROPEA PARA EL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA ENTRE LOS ESTADOS MIEMBROS

La Comisión Europea ha realizado hoy una propuesta que se enmarca en la línea seguida los últimos meses de intensificación de la lucha contra la evasión y el fraude fiscal, consistente en la ampliación del ámbito del intercambio automático de información tributaria entre los Estados miembros de la Unión. De acuerdo con la propuesta, los dividendos, las plusvalías de capital, todas las demás formas de ingresos financieros y saldos de cuentas, deberían incorporarse a la lista de categorías que son objeto de intercambio automático de información en la UE. De esta manera se prepara el terreno para que la UE disponga del sistema de intercambio automático de información más completo del mundo.

COMUNICADO DE PRENSA INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN

martes, 11 de junio de 2013

NORMATIVA.- CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL CON SUIZA


El BOE de hoy publica el Protocolo entre el Reino de España y la Confederación Suiza que modifica el Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio firmado en Berna el 26 de abril de 1966, y su Protocolo, modificados por el Protocolo firmado en Madrid el 29 de junio de 2006, hecho en Madrid el 27 de julio de 2011.

CDI CON SUIZA

Entradas anteriores de este Blog relacionadas:

http://derecho-tributario-andres-garcia.blogspot.com.es/2013/02/normativa-protocolo-entre-el-reino-de.html

sábado, 8 de junio de 2013

ACTUALIDAD.- REFORMA DEL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL 2014: COMIENZA LA CUENTA ATRÁS

El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha anunciado la creación en las próximas semanas de un "comité de expertos" para abordar la reforma del sistema tributario español, que el Gobierno quiere tener ultimada en el primer semestre de 2014, cumpliendo de esta manera con la recomendación realizada recientemente a España por la Unión Europea. Comienza con ello la cuenta atrás del lanzamiento de un nuevo sistema tributario para nuestro país. La cuestión, ciertamente, no es baladí, sino que, parafraseando aquella famosa frase del primer hombre que pisó la luna, esto es un pequeño paso para un hombre, pero un gran paso para la Humanidad. Se trata, ni más ni menos, que de la reforma del "sistema tributario". Esperemos, al menos, que no se apruebe por Decreto-Ley, habida cuenta de la práctica habitual que se ha seguido en estos últimos años bajo la justificación de esta crisis económica que comienza a adquirir dimensiones bíblicas por su duración.
 
El Ministro ha apuntado unas líneas sobre esta futura reforma que conviene tener presentes, a saber, que no se trata de una reforma consistente en una mera subida de impuestos, como las acometidas en el último año (subida del IVA, del IRPF, etc), sino de algo más profundo ligado a la idea de sistema, se subirán (o crearán) unos impuestos -los llamados impuestos medioambientales-, se bajarán los impuestos que inciden sobre el factor trabajo. Se ligará la reforma del sistema tributario con la reforma del sistema de financiación autonómica. Casi nada, y todo ello tiene que estar listo para los primeros meses del año 2014. Este trabajo que se encomendará al comité de expertos cuya creación se anuncia hoy se me asemeja a mí a uno de aquellos famosos trabajos encomendados a Hércules, pero debemos estar tranquilos, que muchos pueden más que uno y un comité siempre es algo plural. Esto se va a poner interesante los próximos meses, estaremos atentos. ¡Suerte, comité, y al toro!
 
NOTA DE PRENSA CREACIÓN DEL COMITÉ DE EXPERTOS

viernes, 7 de junio de 2013

DOCUMENTOS.- EL DÉFICIT DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Mucho se está discutiendo estos días sobre la fijación de los objetivos de déficit para las Comunidades Autónomas. La cuestión que está sobre el tapete es si los límites al déficit autonómico han de establecerse por igual para todas las Comunidades o es necesario establecer distintos límites y, por tanto, márgenes diferenciados de actuación a través del endeudamiento para las distintas Comunidades Autónomas individualmente consideradas. La Intervención General de la Administración del Estado ha publicado las cifras del déficit autonómico 2012, que aquí les dejo desglosadas por Comunidades Autónomas:

DÉFICIT DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 2012A

miércoles, 5 de junio de 2013

NORMATIVA.- CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL CON KUWAIT


El BOE de hoy publica el Convenio  entre el Reino de España y el Estado de Kuwait para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Kuwait el 26 de mayo de 2008. Este Convenio entrará en vigor el 19 de julio de 2013, transcurrido un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la última notificación de cumplimiento de los procedimientos internos exigidos en cada Estado, según establece su artículo 28.2.

CDI ESPAÑA-KUWAIT

martes, 4 de junio de 2013

ACTUALIDAD.- LA COMISIÓN EUROPEA INICIA UN PROCEDIMIENTO POR INFRACCIÓN DEL DERECHO EUROPEO ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE POR DISCRIMINACIÓN EN LA APLICACIÓN DE LA EXENCIÓN POR REINVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL PREVISTA EN EL IRPF

 
La Comisión Europea ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE porque determinado beneficio fiscal establecido en el IRPF infringe el Derecho Europeo. En concreto, la norma cuestionada es la que prevé como beneficio fiscal aplicable a los contribuyentes del IRPF la exención de la ganancia patrimonial puesta de manifiesto por la transmisión de una vivienda habitual cuando el importe obtenido de esta transmisión se reinvierta, en los términos y condiciones previstos en la normativa del IRPF, en la compra de otra vivienda que va a constituir la residencia habitual del contribuyente. Esto es, la norma controvertida es la que establece la conocida como "exención por reinversión" en la compra de una vivienda habitual, prevista en el artículo 38 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF). La Comisión considera que esta exención se aplica a los residentes (contribuyentes del IRPF) que adquieren una nueva vivienda habitual, pero no a las personas que vendan una vivienda habitual en España y compren una nueva vivienda habitual en otro Estado de la Unión Europea al que quieran trasladar su residencia. Para la Comisión Europea esto supone una discriminación contraria a la libre circulación de personas y de trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia, por lo que se estarían vulnerando los tratados de la Unión Europea.
 
 

lunes, 3 de junio de 2013

DOCUMENTOS.- MEDIDAS FISCALES DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado un resumen explicativo de las medidas fiscales incluidas en el "Anteproyecto de ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización", aprobado recientemente por el Consejo de Ministros. Medidas que implican la adopción del criterio de caja para la exigibilidad del IVA en el caso de autónomos y pequeñas empresas, deducciones por inversiones en I + D, etc.
 
Este es el enlace: