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sábado, 30 de marzo de 2013

NORMATIVA.- MODIFICACIÓN DE LOS MODELOS DE AUTOLIQUIDACIÓN Y DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS DE LAS TASAS JUDICIALES

El BOE de hoy publica la Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.
 
Esta modificación en los modelos de autoliquidación (696) y de devolución de ingresos (695) pretende incorporar las modificaciones introducidas por el artículo 1 del Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita,  en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses

Este es el enlace:

MODIFICACIÓN MODELOS TASAS JUDICIALES

lunes, 21 de mayo de 2012

DOCUMENTOS.- PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL QUE APRUEBA EL MODELO DE DECLARACIÓN TRIBUTARIA ESPECIAL PREVISTA EN EL RDL 12/2012 (AMNISTÍA FISCAL)

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado en su página web, para información pública, un Proyecto de Orden Ministerial por la que se aprueba el modelo de declaración tributaria especial del Real Decreto-Ley 12/2012, esto es, la declaración tributaria que se beneficia de la amnistía fiscal contemplada en la citada norma. Resulta destacable de esta regulación reglamentaria que la declaración tributaria especial tendrá carácter reservado y que la amnistía fiscal se extiende también a las cantidades no declaradas que se posean en metálico. El proyecto de Orden Ministerial otorga a esta declaración tributaria especial la naturaleza propia de las autoliquidaciones tributarias y podrá utilizarse tanto en el ámbito del IRPF, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de los no residentes. Este es el enlace al documento:


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