sábado, 29 de junio de 2013

NORMATIVA.- MEDIDAS URGENTES CONTRA LA MOROSIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DE APOYO A LAS ENTIDADES LOCALES CON PROBLEMAS FINANCIEROS

En el BOE de hoy se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las Administraciones públicas y de apoyo a Entidades Locales con problemas financieros.
 
En esta importante normativa aprobada hoy, que, por cierto, tendremos ocasión de analizar y debatir en profundidad en el Curso de Verano organizado por la Universidad Autónoma de Madrid y el Consejo General del Notariado sobre "morosidad e insolvencia en el contexto de la actual crisis económica", que se celebrará del 8 al 10 de julio de este año y cuyo plazo de matrícula aún estará abierto hasta el día 1 de julio (inclusive), por lo que animo a todos los que puedan tener interés en esta materia a no perderse esta oportunidad, el Gobierno aborda tres problemas cruciales en la actual situación de crisis económica. A saber, afronta la cuestión de la morosidad en el ámbito de las Administraciones públicas, con la intención de que se cumpla tanto la normativa europea como la normativa nacional que establece con carácter general un plazo  de pago de 30 días por parte de las Administraciones públicas a sus proveedores; establece un tercer mecanismo o una tercera fase del llamado "plan de pago a proveedores de las Entidades Locales y de las Comunidades Autónomas" y, finalmente, establece una serie de medidas extraordinarias de financiación para determinados municipios que se encuentran en una situación financiera muy difícil.
 
Son medidas, como digo, de una importancia fundamental que van a marcar, sin duda, el paso hacia la recuperación económica y la salida de la crisis. Como señala la exposición de motivos del Decreto-Ley, la reducción de la morosidad de las Administraciones Públicas constituye un elemento imprescindible para mejorar la competitividad de la economía española, pues conlleva reducir las necesidades de financiación de las empresas, lo que les permite aprovechar mejor sus oportunidades de negocio y facilitar el crecimiento económico. Se trata, por tanto, de medidas de gran trascendencia que van a requerir un análisis detallado del que iremos también dando cuenta.
   
REAL DECRETO-LEY 8/2013

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