El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha emitido hoy una nota de prensa en la que da respuesta al Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre la intención de éste de pagar la paga extraordinaria de Navidad a sus funcionarios. El Ministerio recuerda el carácter básico del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, para argumentar que la medida consistente en la supresión de la paga extraordinaria de Navidad a los funcionarios y empleados públicos es una medida encaminada a la reducción del déficit público y a la consecución, por tanto, del principio de estabilidad presupuestaria, que incumbe a todas las Administraciones públicas, estatal, autonómica y local. Conviene tener presente, al respecto, la jurisprudencia constitucional recaída sobre la aplicación a las Comunidades Autónomas del principio de estabilidad presupuestaria y, con ello, el establecimiento de ciertas limitaciones o restricciones presupuestarias o de endeudamiento a las mismas, en la que el Tribunal Constitucional ha apelado a las competencias exclusivas del Estado, por ejemplo, en materia de Hacienda General. Así, señala el Tribunal Constitucional en la STC 134/2011 que la imposición de la ley de estabilidad presupuestaria (estatal) de que las Comunidades Autónomas aprueben sus presupuestos, al menos, en una situación de equilibrio presupuestario, es una cuestión que afecta a la garantía del equilibrio económico, a través de la política económica general y ha de ser adoptada con carácter general y de forma homogénea para todo el sistema.
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