miércoles, 30 de octubre de 2013

NORMATIVA.- LEY DE MEDIDAS EN MATERIA DE FISCALIDAD MEDIOAMBIENTAL Y OTRAS MEDIDAS TRIBUTARIAS Y FINANCIERAS

El BOE de hoy publica la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
Esta Ley introduce diversas modificaciones en la normativa tributaria, fundamentalmente en la regulación del Impuesto sobre Sociedades, que inciden, asimismo, en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, del Impuesto sobre el Patrimonio y de determinados tributos locales.
Además de ello, en esta ley se crea y regula el Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, como instrumento que actúa sobre las emisiones de hidrocarburos halogenados. El Impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de estos gases y grava, en fase única, la puesta en consumo de los mismos atendiendo al potencial de calentamiento atmosférico. Por otra parte, se establece una deducción del Impuesto en los supuestos en que se acredite la destrucción de los productos objeto del Impuesto, ya que regular estas opciones estimula el desarrollo de tecnologías ecológicas.
Esta ley lleva a cabo también una nueva regulación del Impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica, que fue creado por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, con el objetivo de clarificar la regulación y la aplicación práctica de este impuesto.
 

LEY 16/2013

lunes, 28 de octubre de 2013

NORMATIVA: LA RIOJA.- LEY DE LA HACIENDA PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

El Boletín Oficial de La Rioja del pasado 25 de octubre ha publicado la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de la Rioja.
 
Esta ley constituye el instrumento jurídico necesario para regular el funcionamiento y el régimen jurídico de la actuación de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma y, concretamente, el ejercicio de sus competencias económico-financieras, tanto por lo que respecta a la vertiente de los ingresos públicos, como a la vertiente del gasto y del endeudamiento. Todo ello, lógicamente, en el marco de la Constitución, la LOFCA y el Estatuto de Autonomía de La Rioja.
 LEY 11/2013 DE HACIENDA PÚBLICA DE LA RIOJA

sábado, 26 de octubre de 2013

NORMATIVA.- DESARROLLO REGLAMENTARIO DEL IVA DE CAJA Y OTRAS NORMAS TRIBUTARIAS

El BOE de hoy publica el Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre; el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, aprobado por el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo; el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos y el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
Este Real Decreto introduce, fundamentalmente, importantes modificaciones en el Reglamento del IVA, que afectan, destacadamente, a las siguientes cuestiones:
1) Supresión de la exigencia legal de solicitud de autorización previa por la Administración Tributaria del requisito para la aplicación de determinadas exenciones.
2) Regulación de los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo, previstos en las letras e) y f) del artículo 84.uno.2.º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, que obliga a desarrollar normas relativas a su aplicación, como la regulación de las comunicaciones entre los empresarios y destinatarios intervinientes en las operaciones afectadas por la inversión del sujeto pasivo.

3) Regulación de la obligación de presentar dos declaraciones-liquidaciones, dividiendo el periodo normal de declaración en dos periodos según se trate de hechos imponibles anteriores o posteriores al auto de declaración de concurso que se efectúa en el artículo 71 del Reglamento, de acuerdo con la previsión contenida en el artículo 99.Cinco de la Ley del Impuesto.
4) Introducción del desarrollo reglamentario del criterio de caja, cuya regulación legal se ha aprobado recientemente en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores, en lo que respecta al ejercicio de la inclusión y la renuncia al régimen, ésta última con efectos para un período mínimo de tres años.

REGLAMENTO DE DESARROLLO DEL IVA DE CAJA Y OTRAS NORMAS TRIBUTARIAS

martes, 22 de octubre de 2013

NORMATIVA.- TASAS DE LA AUTORIDAD EUROPEA DE VALORES Y MERCADOS

El Diario Oficial de la Unión Europea del pasado 19 de octubre ha publicado el Reglamento Delegado (UE) número 1003/2013 de la Comisión Europea, de 12 de julio de 2013, por el que se completa el Reglamento (UE) número 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con las tasas que deben pagar los registros de operaciones a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).
De acuerdo con este Reglamento, las tasas que se impongan a los registros de operaciones cubrirán:
1) Todos los costes relativos a la inscripción y la supervisión, por parte de la AEVM, de los registros de operaciones, de conformidad con el Reglamento (UE) número 648/2012, incluidos los costes derivados del reconocimiento de dichos registros.
b) Todos los costes que deban reembolsarse a las autoridades competentes que hayan desempeñado funciones según lo previsto en el Reglamento (UE) número 648/2012, en particular a raíz de toda delegación de tareas de conformidad con el artículo 74 del Reglamento (UE) número 648/2012.
 
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN EUROPEA EN MATERIA DE TASAS DE LA AUTORIDAD EUROPEA DE VALORES Y MERCADOS

viernes, 18 de octubre de 2013

NORMATIVA.- ACTUACIONES DE GESTIÓN RECAUDATORIA EN VÍA EJECUTIVA

El BOE de hoy publica la  Resolución de 30 de septiembre de 2013, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se desarrolla la Orden HAC/3578/2003, de 11 de diciembre, en relación a los procedimientos especiales de ingreso derivados de determinadas actuaciones de gestión recaudatoria en vía ejecutiva.
 Esta norma establece procedimientos especiales de ingreso en los siguientes casos:
1) Embargos de sueldos, salarios o pensiones y embargos de créditos, cuando en los destinatarios de las diligencias de embargo concurran determinadas condiciones.
2) Embargos que sean consecuencia de actuaciones desarrolladas de forma automatizada y centralizadamente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria ante uno o varios pagadores concretos y que afecten a una pluralidad de deudores
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RESOLUCIÓN DE LA AEAT SOBRE ACTUACIONES DE GESTIÓN RECAUDATORIA EN VÍA EJECUTIVA

martes, 15 de octubre de 2013

NORMATIVA.- CÓDIGO ADUANERO DE LA UNIÓN EUROPEA

El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado el Reglamento (UE) número 952/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión (refundición).

CÓDIGO ADUANERO DE LA UNIÓN EUROPEA

viernes, 11 de octubre de 2013

PROYECTOS NORMATIVOS.- ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES

En la Web de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera se ha publicado, para cumplimentar el trámite de información pública, el Anteproyecto de Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO DE LA LEY DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES

miércoles, 9 de octubre de 2013

DOCUMENTOS.- LOS IMPUESTOS PROPIOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 2013

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha publicado en su página Web un interesante documento titulado "los impuestos propios de las Comunidades Autónomas 2013" en el que se ofrece una visión de los impuestos propios establecidos por las Comunidades Autónomas de régimen común vigentes en 2013. El estudio se ha cerrado a febrero de 2013, por lo que es posible que con posterioridad a esa fecha se haya aprobado o modificado alguno de esos impuestos autonómicos. El documento se complementa con una serie de fichas de cada uno de los impuestos autonómicos, en las que se recogen los elementos esenciales configuradores del impuesto en cuestión, así como con datos y gráficos relativos a la recaudación que aportan. Sin duda, constituye un documento de interés para completar el "mapa de la fiscalidad autonómica propia", en expansión, como es conocido, estos últimos años debido a la crisis económica y a la necesidad de aumentar las fuentes de ingresos tributarios.

LOS IMPUESTOS PROPIOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS 2013. REAF

martes, 8 de octubre de 2013

NORMATIVA.- REGLAMENTO DE LA UNIÓN EUROPEA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO SOBRE EL ARANCEL ADUANERO COMÚN

El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado el REGLAMENTO (UE) 953/2013 DEL CONSEJO, de 26 de septiembre de 2013, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CEE) n o 2658/87 del Consejo relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común. La modificación va referida a la clasificación de las "pantallas planas" de los aparatos automáticos. 

REGLAMENTO UE 953/2013

lunes, 7 de octubre de 2013

NORMATIVA.- CALIFICACIÓN TRIBUTARIA DE ACTIVOS FINANCIEROS

El BOE ha publicado la Resolución de 27 de septiembre de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el cuarto trimestre natural del año 2013, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

 A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y en el artículo 61 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera hace públicos mediante la presente resolución los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del tercer trimestre del año 2013 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado.

RESOLUCIÓN CALIFICACIÓN TRIBUTARIA DE LOS ACTIVOS FINANCIEROS