El TEAC ha dictado una interesante Resolución de 31 de enero de 2013, en la que se aborda el interesante problema de los efectos que tienen las Sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaran que un precepto de la normativa tributaria interna incumple la normativa comunitaria. Al respecto, el TEAC sienta el siguiente criterio:
En el caso de una Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE por la que se declara que un precepto de la normativa tributaria interna incumple la normativa comunitaria (en este caso, la libre circulación de capitales recogida en el art. 56 del TCE), los efectos de dicha sentencia serán 'ex tunc', esto es, deberá aplicarse tal pronunciamiento de manera retroactiva, si bien deberán igualmente respetarse las situaciones jurídicas firmes, por lo que no podrán revisarse aquellos actos administrativos que, en aplicación de la normativa interna sobre la que ahora se pronuncia el TJUE, hubieran adquirido firmeza por no haberse interpuesto recurso en tiempo y forma.
Este es el enlace al texto de la Resolución:
RESOLUCIÓN TEAC 31 DE ENERO DE 2013
Este es el enlace al texto de la Resolución:
RESOLUCIÓN TEAC 31 DE ENERO DE 2013
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