viernes, 25 de enero de 2013

DOCUMENTOS.- NUEVO PROTOCOLO DEL CONVENIO DE DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL SUSCRITO ENTRE ESPAÑA Y ESTADOS UNIDOS

Como ya hemos tenido ocasión de comentar en este Blog, España y Estados Unidos han firmado este mes de enero un nuevo Protocolo al Convenio suscrito entre España y Estados Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta. El Protocolo implica la reforma de más de 14 artículos del Convenio actualmente en vigor, en aras de mejorar la inversión económica recíproca que se produce entre ambos países. Entre las nuevas disposiciones que introduce el Protocolo, hay que destacar especialmente, que respecto a la definición de establecimiento permanente, en el caso de obras de contrucción, instalación o montaje, será necesario para que tengan tal condición que la duración de las mismas exceda de doce meses. Respecto a la tributación de los dividendos en la fuente, en el caso de sociedades especialmente participadas (posesión de al menos el 10 por 100 de las acciones), el tipo de gravamen pasa del 25% (previsto actualmente en el Convenio) al 5%, previsto en el nuevo Protocolo. Respecto a intereses y cánones, se va a atribuir el poder de gravamen en exclusiva al Estado de residencia del inversor, frente a la regulación actualmente vigente que establece el principio de tributación conjunta en el Estado de residencia y en el Estado de la fuente.  Se establece  la exención en la fuente de las ganancias de capital derivadas de la venta de acciones, participaciones u otros derechos en el capital social de una sociedad, siempre y cuando no se trate de una sociedad inmobiliaria. Se añade al procedimiento amistoso el mecanismo del arbitraje y se refuerezan, en fin, los mecanismos de cooperación (intercambio de información y asistencia administrativa) especialmente por lo que atañe a la lucha contra el fraude fiscal.
 
Este es el enlace al texto íntegro del Protocolo:
 
 
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