jueves, 17 de enero de 2013

ACTUALIDAD.- ANÁLISIS DE HACIENDA SOBRE LA SENTENCIA DEL TJUE RELATIVA AL IVA EN LOS PRODUCTOS SANITARIOS

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado una nota de prensa en la que efectúa un primer análisis o valoración de la Sentencia del TJUE de 17 de enero de 2013 dictada en el asunto C- 360/11, Comisión Europea contra España, relativa a la aplicación del IVA reducido a los productos sanitarios. El Ministerio de Hacienda deja claro, en primer lugar, que aún no hay fecha para la entrada en vigor del nuevo  tipo del IVA (tipo general del 21 por 100) a los productos sanitarios, que en la actualidad se benefician del tipo reducido del 10%, y que, a consecuencia de la doctrina sentada en esta Sentencia, deben pasar a tributar al tipo general del 21%. En segundo lugar, el Ministerio considera, tras un primer análisis de la Sentencia, que los productos intermedios, sustancias medicinales y principios activos utilizados para la obtención de medicamentos pasarán a tributar a tipo general. Sin embargo, el IVA reducido se seguirá aplicando a todos los productos acabados susceptibles de ser utilizados directamente por el consumidor final. Asimismo, deberán tributar al tipo general los productos sanitarios, material, equipos o instrumental para diagnóstico o tratamiento de enfermedades, así como aparatos para suplir deficiencias físicas, que sean de uso veterinario o de uso general para personas que no sean discapacitadas. En cambio, si esos productos y equipos lo son para personas discapacitadas, el tipo del IVA aplicable será el tipo reducido del 10 por 100.
 
Este es el enlace a la nota de prensa:
 
 
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