viernes, 28 de diciembre de 2012

NORMATIVA.- REFORMA DEL CÓDIGO PENAL EN MATERIA DE DELITOS CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA Y CONTRA LA SEGURIDAD SOCIAL

El BOE de hoy publica la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y la Seguridad Social. Desde el punto de vista del Derecho Financiero y Tributario, esta reforma del Código Penal persigue el objetivo de mejorar la eficacia de los instrumentos de control de los ingresos y del gasto público. Se aborda una profunda revisión de los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social regulados en el Título XIV del Código Penal. Como novedad destacable se crea un nuevo tipo agravado de delito fiscal en el artículo 305.bis) del Código Penal, para tipificar las conductas de mayor gravedad o de mayor complejidad en su descubrimiento, que se sancionan con una pena máxima de 6 años, lo que implica también un aumento del plazo de prescripción a 10 años. Los supuestos agravados son aquellos en los que la cuantía defraudada supere los 600.000 euros, en los que la defraudación sea cometida en el seno de una organización o grupo criminal o en los que la utilización de personas, negocios, instrumentos o territorios, dificulte la determinación de la cantidad o patrimonio del verdadero obligado tributario o responsable del delito o bien de la cuantía defraudada. Asimismo, caber reseñar que se excluyen del delito fiscal los supuestos de regularización voluntaria mediante el mecanismo de la declaración tributaria especial (amnistía fiscal).
 
Este es el enlace a la norma:
 

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