jueves, 8 de noviembre de 2012

PROYECTOS NORMATIVOS.- REFORMA DEL CÓDIGO PENAL: LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL Y EFECTOS DE LA DECLARACIÓN TRIBUTARIA ESPECIAL (AMNISTÍA FISCAL)

El Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados, publica hoy el Informe de la Ponencia al Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social. El Informe de la Ponencia recoge las enmiendas aceptadas e incorporadas al Proyecto de Ley y se relacionan igualmente aquellas enmiendas que han sido rechazadas. Respecto a las enmiendas aceptadas, destaca la número 26 propuesta por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, que se ha traducido en la incorporación en el Proyecto de Ley de una Disposición Adicional Única dedicada a la declaración tributaria especial prevista en la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, esto es, a la conocida como "amnistía fiscal". Esta Disposición Adicional que se incorpora por vía de enmienda en el Proyecto de reforma del Código Penal tiene una importancia fundamental en relación con la comisión de los tipos penales de los delitos contra la Hacienda Pública, y va referida a los efectos de la declaración tributaria especial, indicando que se entenderán declaradas dentro del plazo establecido en la normativa de cada tributo respecto de cada período impositivo en el que deban imputarse, las rentas inicialmente no declaradas regularizadas a través de la declaración tributaria especial. Con lo cual, no se va a producir el tipo delictivo contemplado en el artículo 305 del Código Penal, esto es, el delito de defraudación a la Hacienda Pública. Otra cosa serán las repercusiones sobre el delito de blanqueo de capitales, pero, por lo pronto, con esta importante reforma los contribuyentes que se acojan a la declaración tributaria especial podrán eludir la incidencia respecto a las rentas regularizadas por este procedimiento del posible delito fiscal.
 
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